Cartel de alérgenos en bar: qué debe colgar

Cómo hacer un cartel de alérgenos en barra: contenido, legibilidad y registro del RD 126/2015 cuando no tienes carta impresa de platos.

Manuel Carrillo Almoguera

8 min read
Cartel plastificado con cuadrícula de alérgenos apoyado en una barra de madera junto a grifos de cerveza

Un cartel de alérgenos en bar es el soporte visible en barra o mostrador donde el cliente consulta, antes de pedir, qué alérgenos «contiene» cada tapa, ración o plato del día cuando no hay carta impresa de comida. No sustituye el registro interno: lo hace legible desde la primera caña.

La respuesta directa: en un bar o restaurante debes informar de los 14 alérgenos del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 en cada alimento sin envasar, con información disponible antes de la decisión de compra (artículo 12 del mismo reglamento y artículo 44 para comida fuera de envase). El Real Decreto 126/2015 admite cartel, etiqueta u otros medios apropiados (artículo 6.5), pero exige registro escrito o electrónico verificable si informas de palabra (artículo 4). La obligación de fondo y las sanciones están en la guía de carta de alérgenos obligatoria; aquí el foco es qué cuelgas en barra cuando la carta es corta o solo existe en pizarra.

¿Cuándo tiene sentido un cartel en barra y no solo una carta?

En muchos bares la «carta» son diez tapas fijas, una pizarra con el pincho del día y bebidas al grifo. Imprimir un dossier completo cada semana no encaja con el ritmo del local. Un cartel plastificado, una lamina en el lateral de la barra o una pantalla fija cumplen la misma función que un cuadro en mesa: poner la información donde el cliente decide.

Situación en el barSoporte habitualError típico
Tapas fijas + pizarra diariaCartel con tapas fijas + hoja del pinchoActualizar la pizarra y olvidar el cartel
Solo copas y picoteo mínimoCuadro breve de racionesCreer que «solo bebidas» exime de alérgenos en aceitunas o frutos secos
Carta QR en mesaQR también visible en barraCliente de pie en barra sin ver el código de mesa
Menú del mediodía en cocinaAnexo del día pegado junto al grifoVersión distinta a la que usa sala

Si ya tienes una tabla de alérgenos para bares rellena, el cartel es la vista pública de esa matriz: mismos platos, mismas marcas, distinto formato. Si partes de cero, conviene construir primero la tabla y después condensar lo que el cliente necesita leer de pie.

¿Qué exige el RD 126/2015 además del papel en barra?

El decreto no premia el diseño: premia un triple encaje. Cuando la información es oral, el artículo 4.1.a) del RD 126/2015 exige que esté registrada por escrito o en formato electrónico, accesible al consumidor que la solicite y disponible para la autoridad de control. El artículo 6.5 añade que carteles y etiquetas deben estar accesibles antes de que finalice el acto de compra y sin coste adicional para el cliente.

En la práctica de barra eso se traduce en tres comprobaciones que sanidad repite:

  1. Registro plato a plato (Excel, PDF, carta digital o ficha técnica resumida) con los 14 alérgenos del anexo II.
  2. Información visible o localizable al instante (cartel, QR, carta física) coherente con ese registro.
  3. Personal que sepa dónde está y pueda consultarlo si el cliente pregunta, como detallamos en inspección de sanidad y alérgenos.

Un cartel bonito sin registro detrás no cumple. Un registro perfecto guardado en la oficina del jefe tampoco, si el cliente en barra no tiene forma razonable de consultarlo.

¿Qué contenido mínimo debe llevar el cartel?

Piensa en lo que lee alguien con un vaso en la mano, a un metro de distancia, con música alta:

BloqueQué incluirQué evitar
Identificación del plato«Ensaladilla», «Croquetas de jamón», «Pincho de tortilla»«Variedad de tapas» sin desglose
Alérgenos «contiene»Solo los 14 del anexo II que vayan en la recetaListar todos «por si acaso»
Trazas«Puede contener…» solo con base en cocina o proveedorPie único «puede contener todos los alérgenos»
BebidasVino, vermut, sangría con sulfitos cuando apliqueOmitir la carta de bebidas sin envasar
Fecha o versión«Revisado el…» o número de versión internaCartel sin señal de cuándo se actualizó

Los sulfitos en vino de mesa son el hueco más habitual en bares: el anexo II los incluye como alérgeno de declaración cuando superan 10 mg/kg o 10 mg/l. Si sirves caldos o salsas con vino en cocina, el alérgeno también puede entrar en tapas aunque el cliente no pida una copa.

Para marcar «contiene» frente a «puede contener», usa el mismo criterio que en la guía de «contiene» o «trazas». El cartel no es el sitio para explicar APPCC entero, pero sí para no mezclar conceptos que confunden al comensal.

¿Dónde colgarlo y con qué legibilidad?

No hay coordenadas legales «a 1,20 m del grifo», pero sí un criterio operativo: el cartel debe poder leerse desde la zona donde se pide comida, antes de pagar. En barra alta, sube el soporte o usa tipografía mayor; un A4 horizontal a nivel de rodillas no informa a nadie.

Lista rápida de ubicaciones que funcionan en locales reales:

  1. Lateral de la barra orientado al cliente, no hacia la cocina.
  2. Tras el mostrador, visible por encima de bandejas de tapas (sin tapar el cuadro con servilletas).
  3. Junto al QR si usas carta digital: el código sin señalización es decoración.
  4. Copia de respaldo en caja para quien no lea bien desde la barra o pida aclaración.

Si apuestas por digital, la carta con QR y normativa de alérgenos explica cuándo el enlace cuenta como «otros medios apropiados». En barra suele ganar un QR grande más una frase «Alérgenos: escanea aquí» que un código escondido bajo la carta de vinos.

¿En qué se diferencia del cartel de panadería o del food truck?

El marco legal es el mismo; cambia el escenario. En panadería y pastelería el cartel suele ir por vitrina o bandeja numerada, porque el cliente elige pieza a pieza. En un food truck o mercadillo manda la cola y la pizarra exterior. En barra fija el reto es la rotación de pincho del día sin reimprimir un pliego cada mañana: muchos locales dejan tapas fijas en un cartel estable y el pincho en una hoja intercambiable (clip, funda, imán) que cocina actualiza antes de abrir.

¿Qué fallos levantan actas aunque «haya cartel»?

Sanidad no multa el formato; multa la incoherencia. En inspecciones de bares y restaurantes, estos desajustes entre cartel y realidad se repiten:

Lo que cuelga en barraLo que encuentra el inspectorConsecuencia habitual
«Sin gluten» en croquetasRebozado con harina de trigo en fichaRequerimiento por información incorrecta
Cartel de 2024Pizarra con plato nuevo no listadoLaguna en el registro
«Pregunta al camarero»Camarero sin acceso al cuadroIncumplimiento del artículo 4 RD 126/2015
QR a carta sin sulfitosVino de grifo en servicioDesfase bebidas y comida

Las sanciones encajan en la Ley 17/2011 (leves hasta 5.000 €, graves 5.001-20.000 €, muy graves 20.001-600.000 €). Corregir y documentar antes del plazo del requerimiento es lo que evita que escale; el pilar del blog desarrolla el calendario y los tramos sin repetirlos aquí.

¿Cómo lo aplico en mi bar esta semana?

Resumen accionable para alinear barra, registro e inspección:

  • Lista todo lo pedible (tapas fijas, pizarra, raciones, postres y bebidas sin envasar) en tu tabla de alérgenos o plantilla equivalente.
  • Redacta el cartel con nombres claros y «contiene» revisado con etiqueta de proveedor o ficha técnica de plato.
  • Colócalo donde se pide, prueba la lectura a un metro con luz real del local y añade QR o copia en caja si hace falta.
  • Prueba al equipo: eligen una tapa al azar y localizan el alérgeno en menos de un minuto sin inventar.
  • Una sola versión viva: si cambias mayonesa o pincho, actualizas cartel, registro y carta digital el mismo día.

Cuando el cuadro ya es estable, Traza mantiene un registro único con los 14 alérgenos confirmados y publica QR más PDF alineados con lo que cuelga en barra.

Te puede interesar también: cómo rellenar la tabla de alérgenos para bares y si una carta con QR cumple la normativa.

Preguntas frecuentes

Es obligatorio informar de los 14 alérgenos del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 en todo alimento sin envasar que sirvas, no un cartel concreto. En un bar sin carta de platos impresa, un cartel o cuadro en barra suele ser el soporte visible. Detrás debe existir el registro escrito o electrónico accesible y verificable que exige el artículo 4 del Real Decreto 126/2015.
Solo si mantienes registro escrito o electrónico en el local, accesible al cliente que lo pida y verificable ante sanidad, como recoge el artículo 4.1.a) del RD 126/2015. Decir «pregunta al camarero» sin cuadro ni registro alineado es uno de los fallos que más actas levantan en locales de copas.
Cada tapa, ración, pincho o plato del día con nombre claro y los alérgenos «contiene» entre los 14 del anexo II. Incluye bebidas servidas sin envasar (vino de grifo, vermut, sangría) con sulfitos cuando superen el umbral legal. Las trazas van aparte, con criterio real, no con un pie genérico.
No lo sustituye: lo condensa para el cliente. La matriz plato a plato (Excel, PDF o carta digital) sigue siendo el registro de referencia para cocina e inspección. Cartel y registro deben coincidir celda a celda; si cambias una tapa, actualizas los dos el mismo día.
Sí, si el código lleva al cuadro completo antes de pedir y cumple el artículo 6.5 del RD 126/2015 (accesible antes de finalizar el acto de compra, sin coste extra). Muchos bares combinan QR visible en barra con cartel resumen o PDF de respaldo para clientes sin móvil.

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