
¿Es obligatorio poner los alérgenos en la carta?
Sí: desde el 13 de diciembre de 2014, el Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar de los 14 alérgenos. Qué exige la ley, cómo cumplirla y qué multas hay.
Blog
Guías prácticas sobre la declaración de alérgenos, el Reglamento (UE) 1169/2011, las inspecciones de sanidad y la carta digital con QR en hostelería.

Qué exige la ley para poder decir «sin gluten», qué hace falta en cocina para garantizarlo y cómo comunicarlo en la carta sin prometer lo que no puedes cumplir.

En vigor desde el 16 de abril de 2026: menús especiales por alergias e intolerancias e información mensual a las familias con los alérgenos de cada plato.

Qué documentación revisa el inspector sobre alérgenos, qué pregunta al personal, los fallos que más actas levantan y cómo tener el local siempre preparado.

La ficha técnica es el registro que la ley pide detrás de la carta. Qué campos llevar, cómo cruzar cada ingrediente con los 14 alérgenos y cómo mantenerla viva.

«Contiene» es obligatorio; «trazas» es voluntario. Cuándo usar cada uno, qué dice el Reglamento 1169/2011 y por qué el «puede contener» genérico te perjudica.

Dónde se cuela el alérgeno en una cocina real y cómo cortarlo: orden de elaboración, utensilios propios, limpieza que sí funciona y qué hacer en el pase.

Sí: desde el 13 de diciembre de 2014, el Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar de los 14 alérgenos. Qué exige la ley, cómo cumplirla y qué multas hay.
En este blog reunimos guías prácticas sobre la información alimentaria que exige la ley en España: los 14 alérgenos de declaración obligatoria del Reglamento (UE) 1169/2011, el Real Decreto 126/2015 que lo desarrolla para la comida sin envasar, qué revisa una inspección de sanidad y cómo mantener la carta digital de tu establecimiento al día. Está pensado para restaurantes, bares, cafeterías, panaderías, hoteles, food trucks, caterings y comedores.
Si no sabes por dónde empezar, esta guía cubre la duda más habitual: si es obligatorio poner los alérgenos en la carta.